¿Cómo funciona esta plataforma?

¡Te lo explicamos!

¿Qué se ha legislado?

5 mecanismos

de participación legislados

Sí hay ley

de participación
ciudadana

Consúltala

*Última actualización:
01/10/2020

¿Cuántas personas pueden participar?

personas

¿Qué tipos de mecanismos hay legislados
actualmente en Baja California?

CONSULTAS

Entendidas como plebiscitos, Referéndums o cualquier otro tipo de consultas ya sean obligatorias automáticas, obligatorias acotadas o solamente indicativas.

INICIATIVAS

Como todas aquellas propuestas canalizadas a los Congresos, Legislaturas o Ayuntamientos para el desarrollo o reforma de leyes y normas.

DELIBERACIÓN

Integra todos aquellos mecanismos en los que se promueve el diálogo y el debate ciudadano para participar de algunas decisiones públicas de manera colaborativa y consensuada.

REVOCACIÓN

La posibilidad de las personas para votar la conclusión anticipada de un cargo de elección popular.

PARTICIPACIÓN

Mecanismos en los que de manera voluntaria las personas participan con el objetivo de incidir en las decisiones públicas, sin que sus acciones u opiniones tengan un carácter vinculante para las autoridades.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Agrupa mecanismos que permiten a las personas entablar un diálogo con las autoridades con el objetivo principal de resolver dudas y desarrollar cuestionamientos sobre las acciones de gobierno.

Primaveras en Baja California

¿Qué puedes impulsar?

¿Qué es?

El plebiscito tiene por objeto el consultar a la ciudadanía  para que exprese su aprobación o rechazo a los siguientes actos:

I.- Los actos del Poder Ejecutivo.
II.- Los actos de los ayuntamientos.
III.- Los actos del Congreso del Estado referentes a la formación de nuevos municipios dentro de los límites de los existentes o la supresión de alguno de estos.Las personas ciudadanas vecinas que representen el 0.5% de la lista nominal pueden solicitar un plebiscito ya sea, del estado o del municipio correspondiente.

¿Los resultado son obligatorios
para las autoridades?

Los resultados del plebiscito serán obligatorios cuando una de las opciones obtenga la mayoría de votación válidamente emitida y ésta corresponda cuando menos al 10% de la ciudadanía incluida en la lista nominal en la circunscripción territorial que tenga verificativo el plebiscito.

firmas

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un plebiscito estatal?

Artículos

14 al 22 y

44 al 69

¡Consulta la Ley!

¿Qué es?

Instrumento de participación por medio del cual se somete ante el voto de la ciudadanía, para su aprobación o rechazo, la creación, modificación, derogación o abrogación de normas constitucionales, leyes o normas de carácter general propias de la competencia del Congreso del Estado, o normas de carácter general expedidas por los ayuntamientos. La ciudadanía para solicitar un:

Referéndum constitucional: 
 tendrán que reunir el apoyo correspondiente al  1.5% de la ciudadanía inscrita en la lista nominal.
Referéndum legislativo: 
tendrán que reunir el apoyo correspondiente al 0.5% de la lista nominal.

¿Los resultado son obligatorios
para las autoridades?

Para el referéndum constitucional sólo podrá aprobarse o rechazarse, cuando así lo determine la votación mayoritaria de la ciudadanía de cuando menos la mitad más uno de los municipios que conforman el Estado y hayan participado en dicho proceso un número de ciudadanía no menor al 20% que votó de acuerdo al listado nominal utilizado para la elección de Diputaciones inmediata anterior.

 

 El referéndum legislativo sólo podrá ser rechazado o aprobado por la mayoría de votos de los electores, siempre y cuando hayan participado en el proceso cuando menos el 10% de las personas que votaron de acuerdo al listado nominal utilizado para la elección de diputados inmediata anterior.

firmas

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un referéndum estatal?

Artículos

33 al 43 y

44 al 69

¡Consulta la Ley!

¿Qué es?

Mecanismo mediante el cual la ciudadanía del Estado podrá presentar al Congreso del Estado, proyectos de creación, modificación, reforma, adición derogación o abrogación de Leyes o Decretos, incluyendo modificaciones a la Constitución Federal o a la Constitución del Estado.

 

Además de la recolección de firmas, una organización de la sociedad civil legalmente constituida o una institución de educación superior pueden presentar iniciativas ante el Congreso.

Cada municipio tiene la responsabilidad de reglamentar cómo funcionará este mecanismo.

¿Es obligatoria la admisión de la iniciativa?

No. La Comisión deberá decidir sobre la admisión o rechazo de las iniciativas que se presenten de acuerdo a los artículos 72, 72 bis y 72 ter, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación y para el caso de la iniciativa ciudadana podrá auxiliarse del Instituto para efecto de verificar el cumplimiento del requisito a que se refiere la fracción I del artículo precedente.

 

Declarada la admisión de la Iniciativa en cualquiera de los supuestos indicados con anterioridad, se someterá al trámite legislativo que señala la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California.

500

firmas

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para proponer una iniciativa estatal?

Artículos

70 al 73

¡Consulta la Ley!

¿Qué es?

Instrumento de participación ciudadana a través del cual  la ciudadanía puede presentar propuestas para la realización de obras públicas para que sean valoradas y en su caso aprobadas por sus cabildos en el Presupuesto de Egresos Municipal de cada año.

¿Las personas podemos proponer y ser consultadas sobre los proyectos que se llevarán a cabo?

La Ley únicamente hace referencia a que las personas podemos presentar proyectos, sin embargo, es el Cabildo quien valora y aprueba dichas propuestas.

¿Hay un monto que se debe destinar a presupuesto participativo?

No. La Ley deja en los ayuntamientos la facultad de reglamentar este mecanismo.

Artículo

81

¡Consulta la Ley!

En Baja California
se han activado:

8 mecanismos

¿Te interesa
activar o mejorar estos
mecanismos en tu estado?

¿Cómo se compara Baja California
con otros estados?

Elige un estado específico
a comparar con Baja California

Baja California
Tiene ley de Participación Ciudadana
Lista Nominal (2023) 3,136,648
Número de mecanismos 5
Mecanismos activados 8
Mecanismos legislados Plebiscito, Referéndum, Consulta popular,Iniciativa ciudadana, Presupuesto participativo
Tipos de mecanismos legislados Consultas, Iniciativas, Participación, Rendición de cuentas
Firmas para Pleibiscito o Referéndums 15,683
Firmas para Iniciativa Ciudadana 500
Última modificación 01/10/20

¿Quieres saber cómo se usa
el dinero público en tu estado?

Los gobiernos gastan el dinero público en lo que verdaderamente les importa.
Entra a la plataforma Ojos al Gasto y descúbrelo.

¿Quieres saber más sobre la plataforma?

Te invitamos a saber más sobre Primavera Política,
sus objetivos, sus fuentes de datos y lo nos motiva
a impulsar este proyecto.