¿Qué se ha legislado?
11 mecanismos
de participación legislados
¿Cuántas personas pueden participar?
personas

¿Qué tipos de mecanismos hay legislados
actualmente en Baja California Sur?
CONSULTAS
Entendidas como plebiscitos, Referéndums o cualquier otro tipo de consultas ya sean obligatorias automáticas, obligatorias acotadas o solamente indicativas.
INICIATIVAS
Como todas aquellas propuestas canalizadas a los Congresos, Legislaturas o Ayuntamientos para el desarrollo o reforma de leyes y normas.
DELIBERACIÓN
Integra todos aquellos mecanismos en los que se promueve el diálogo y el debate ciudadano para participar de algunas decisiones públicas de manera colaborativa y consensuada.
REVOCACIÓN
Posibilidad de las personas para votar la conclusión anticipada de un cargo de elección popular.
PARTICIPACIÓN
Mecanismos en los que de manera voluntaria las personas participan con el objetivo de incidir en las decisiones públicas, sin que sus acciones u opiniones tengan un carácter vinculante para las autoridades.
RENDICIÓN DE CUENTAS
Agrupa mecanismos que permiten a las personas entablar un diálogo con las autoridades con el objetivo principal de resolver dudas y desarrollar cuestionamientos sobre las acciones de gobierno.
Primaveras en Baja California Sur
¿Qué puedes impulsar?
¿Qué es?
Es la consulta pública a la ciudadanía para expresar su aprobación o rechazo respecto de un acto del Poder Ejecutivo del Estado o de los ayuntamientos.
¿Quién puede solicitarlo?
- La ciudadanía con el apoyo de al menos el 4% de la lista nominal estatal o municipal.
- En caso de creación, fusión o supresión de municipios, se requiere el 33% de la lista nominal del municipio afectado.
¿Los resultados son obligatorios?
Sí. El resultado del plebiscito será obligatorio para las autoridades de las cuales emanó el acto o decisión de gobierno.
firmas
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un plebiscito estatal?
¿Qué es?
Es el proceso mediante el cual la ciudadanía aprueba o rechaza reformas, adiciones o derogaciones a la Constitución Política del Estado o a las leyes expedidas por el Congreso del Estado.
¿Quién puede solicitarlo?
- Constitucional: con el apoyo del 5% de la lista nominal estatal.
- Leyes ordinarias: con el apoyo del 4% de la lista nominal estatal.
¿Los resultados son obligatorios?
Sí, pero con requisitos adicionales:
- Para leyes ordinarias, se requiere la participación de al menos el 50% de la lista nominal.
Para normas constitucionales, se requiere la aprobación de dos terceras partes de ese 50%.
firmas
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un referéndum estatal constitucional?
¿Qué es?
Es el mecanismo mediante el cual se somete a consideración de la ciudadanía, a través de encuestas, preguntas directas, foros, medios electrónicos u otros instrumentos, cualquier tema que tenga impacto trascendental en el Estado.
¿Quién puede solicitarla?
- La Gubernatura.
- El Congreso del Estado.
- Los ayuntamientos y sus dependencias.
- Las dependencias de la administración pública estatal.
- Las ciudadanas y los ciudadanos.
¿Los resultados son obligatorios?
No son vinculantes, pero las autoridades deben fundar y motivar su decisión si se apartan de ellos.
¿Qué es?
Es la facultad de la ciudadanía de presentar ante el Congreso proyectos de ley o decreto para reformar, derogar, adicionar o abrogar leyes vigentes.
¿Quién puede presentarla?
Cualquier persona inscrita en la lista nominal de Baja California Sur con credencial de elector, cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley.
¿Qué requisitos tiene?
Debe incluir:
- Nombre y firma.
- Folio de credencial.
- Exposición de motivos.
- Proyecto de decreto o código.
¿Los resultados son obligatorios?
Las iniciativas consideradas de trámite preferente deben dictaminarse y votarse en un máximo de 30 días naturales.
1
firma
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para proponer una iniciativa estatal?
¿Qué es?
El proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California Sur, a partir de la pérdida de la confianza.
¿Quién puede solicitarlo?
El inicio del proceso de Revocación de Mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al diez por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores en Baja California Sur, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos a la mitad más uno de los municipios del Estado y que representen, como mínimo, el diez por ciento de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.
¿Los resultados son obligatorios?
Sí. El resultado será vinculante únicamente si participa al menos el 40% de la lista nominal de electores. En caso de que la mayoría vote por la revocación, la persona titular de la Gubernatura quedará separada del cargo de manera definitiva.
10%
lista nominal
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para proponer la revocación de mandato?
¿Qué es?
Son organizaciones ciudadanas de vecinos conformadas en las Unidades Territoriales de los municipios del Estado.
¿Qué funciones tienen?
- Representar intereses colectivos.
- Proponer programas y proyectos comunitarios.
- Coadyuvar en la ejecución de programas municipales.
- Participar en diagnósticos y propuestas de desarrollo integral.
- Supervisar obras y servicios en su territorio.
- Emitir opinión sobre programas y servicios públicos.
Importante: Deben integrarse respetando el principio de paridad de género.
¿Qué es?
Es el mecanismo de participación por el cual ciudadanas y ciudadanos colaboran de manera honorífica con la administración pública estatal y municipal para garantizar la transparencia, eficacia y eficiencia del gasto público.
¿Podemos denunciar irregularidades?
No hay procedimiento expreso de denuncia ciudadana, sólo la obligación de coadyuvar en la supervisión.
¿Qué es?
Mecanismo mediante el cual la ciudadanía colabora con las autoridades estatales y municipales en la ejecución de una obra o servicio público, aportando recursos económicos, materiales o trabajo personal.
¿Qué pasa al presentar una solicitud?
La autoridad debe responder en un plazo no mayor a 30 días naturales. Si no hay respuesta, se entiende como aceptada.
¿Qué es?
Instrumento de participación para analizar, dar seguimiento y evaluar políticas públicas de los distintos ámbitos de gobierno.
¿Cómo se conforman?
La Ley no establece un procedimiento específico, pero obliga a las autoridades a promover espacios de análisis y diálogo permanentes.
¿Qué es?
Es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía, comités u organizaciones pueden:
- Proponer acuerdos o actos a autoridades.
- Recibir información sobre actuaciones de gobierno.
- Presentar peticiones, propuestas o quejas.
- Evaluar junto con las autoridades el cumplimiento de programas.
¿Quién puede solicitarla?
Cualquier persona, mediante escrito dirigido a la autoridad correspondiente, que debe responder en un plazo máximo de 10 días.
¿Qué es?
Es la obligación de las autoridades estatales y municipales de difundir sus planes, programas, proyectos y acciones.
Nota importante: Está prohibido usar este mecanismo con fines de promoción personal, política o partidista.
¿Cómo se compara Baja California Sur
con otros estados?
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a comparar con Baja California Sur
Baja California Sur | ![]() |
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Tiene ley de Participación Ciudadana | Sí | ![]() |
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Lista Nominal (2023) | 602,791 | ![]() |
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Número de mecanismos | 10 | ![]() |
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Mecanismos activados | 3 | ![]() |
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Mecanismos legislados | Plebiscito, Referéndum, Consulta ciudadana,Iniciativa ciudadana, Comités de vecinos, Contraloría social, Colaboración ciudadana, Observatorios ciudadanos, Audiencia pública, Difusión pública | ![]() |
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Tipos de mecanismos legislados | Consultas, Iniciativas, Participación, Rendición de cuentas | ![]() |
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Firmas para Pleibiscito o Referéndums | 24,112 | ![]() |
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Firmas para Iniciativa Ciudadana | 1 | ![]() |
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Última modificación | 14/12/21 | ![]() |
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