YUCATÁN

3 mecanismos

en la Ley

INFORMACIÓN

Generales Yucatán
Ley de Participación Ciudadana Sí, Ley de Participación Ciudadana que regula el Plebiscito, Referéndum y la Iniciativa Popular en el Estado de Yucatán
Fecha de última modificación 28/12/2016
Número de mecanismos contemplados en la Ley 3

MECANISMOS

1 Plebiscito
¿Qué es? Mecanismo que tiene como finalidad obtener la opinión de la ciudadanía sobre los actos y acciones gubernamentales que sean trascendentales para la vida pública y el interés social de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y de los municipios;

Tratándose de actos o acciones del Ejecutivo del Estado con impacto en todo el territorio estatal, se requerirá el apoyo del 2% de las personas inscritas en la lista nominal de electores del Estado.

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un plebiscito estatal?
¿Los resultados son obligatorios para las autoridades? . En casos donde el plebiscito tenga impacto en todo el territorio estatal, debe participar el 20 % de las personas inscritas en la lista nominal estatal de electores, con la opinión favorable de al menos el 2% de los habitantes en más de la mitad de los municipios del territorio estatal.
Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo Artículos 15 al 46
2 Referéndum
¿Qué es? Este mecanismo tiene como finalidad recabar la opinión de la ciudadanía sobre el contenido total o parcial de las reformas a la Constitución, así como de la creación, derogación o reformas a las leyes o decretos, que acuerde el Poder Legislativo. De los ayuntamientos, cuando se trate del bando de policía y gobierno, y los reglamentos municipales.

Para llevar a cabo un Referéndum Estatal, se necesita del 2% de las personas inscritas en la lista nominal de electores del Estado.

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un referéndum estatal?
¿Los resultados son obligatorios para las autoridades? Sí. Tratándose de la creación, derogación o reformas a las leyes o decretos estatales, participe al menos el 20 % de las personas inscritas en la lista nominal estatal de electores, conformada con al menos la opinión del 2% de la ciudadanía de la mitad más uno de los municipios, y la mayoría se manifieste en uno u otro sentido.

Tratándose de reformas a la Constitución, participe al menos una tercera parte de las personas inscritas en la lista nominal estatal de electores, conformada con al menos la opinión del 2% de la ciudadanía de la mitad más uno de los municipios, y la mayoría se manifieste en uno u otro sentido.

Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo Artículos 47 al 57
3 Iniciativa Popular
¿Qué es? Mecanismo que tiene como finalidad recibir de la ciudadanía, proyectos de creación, reforma o adición a la Constitución, a las leyes, decretos, bando de policía y gobierno o reglamentos municipales.

Para presentar una iniciativa popular se necesita reunir el apoyo de:

I.- Tratándose de reformas o adiciones a la Constitución, a las leyes y decretos, el 0.3% de la lista nominal.

¿Cuántas firmas tenemos que recabar para presentar una iniciativa popular estatal?
Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo Artículos 58 al 63