ZACATECAS
3 mecanismos
en la Ley

INFORMACIÓN
Generales | Zacatecas |
Ley de Participación Ciudadana | Sí, Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas |
Fecha de última modificación | 06/06/2012 |
Número de mecanismos contemplados en la Ley | 3 |
¿Qué no nos gusta de la Ley? | Ningún mecanismo es obligatorio para las autoridades |
MECANISMOS
1 | Plebiscito |
¿Qué es? | Mecanismo de participación ciudadana mediante el cual, a través del voto mayoritario de la ciudadanía, se aprueban o rechazan actos del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo o de los ayuntamientos.
Para realizar un plebiscito estatal se necesita contar con el apoyo del 5% de la lista nominal. |
¿Cuántas firmas necesitamos reunir para solicitar un plebiscito estatal? | |
¿Los resultados son obligatorios para las autoridades? | Para que el proceso pueda ser considerado válido deberá contener por lo menos el 30% de la participación del listado nominal, de otra manera se declara nulo y sin efecto. |
Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo | Artículos 24 al 60 |
2 | Referéndum |
¿Qué es? | Procedimiento de participación ciudadana mediante el cual, a través de su voto mayoritario, la ciudadanía aprueba o rechaza las leyes o reglamentos, en su contenido total o parcial.
La ciudadanía puede solicitar un referéndum a nivel estatal cuando se reúna el apoyo del 5% de la lista nominal. |
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para solicitar un referéndum estatal? | |
¿Los resultados son obligatorios para las autoridades? | Para que el proceso pueda ser considerado válido deberá contener por lo menos el 30% de la participación del listado nominal, de otra manera se declara nulo y sin efecto. |
Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo | Artículos 13 al 23 y 36 al 60 |
3 | Iniciativa Popular |
¿Qué es? | Mecanismo en el que la ciudadanía del Estado puede presentar iniciativas de ley, de decreto, de reformas, de derogación, proyectos de reglamentos municipales y proyectos de disposiciones o medidas administrativas ante la Legislatura, los ayuntamientos o la autoridad administrativa competente. |
¿Cuántas firmas tenemos que recabar para proponer una iniciativa estatal? | 500 |
¿Es obligatoria la admisión de la iniciativa? | Solo en caso de que proceda la iniciativa, el Presidente de la Mesa Directiva lo turnará a la Comisión que por materia corresponda. |
Artículos donde podemos encontrar más información de este mecanismo | Artículos 61 al 69 |